El Consejo de Gobierno ha autorizado la interposición de un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC) contra el Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. A juicio de la Junta, los artículos 4, 5, 6 y 7 de esta norma estatal, así como su Anexo 1, dejan sin contenido competencias autonómicas sobre horarios de comercio, además de suponer un perjuicio para las pymes del sector en Andalucía.
Estos artículos obligan a las comunidades autónomas a declarar obligatoriamente nuevas ciudades con Zonas de Gran Afluencia Turística a efectos de horarios comerciales, aunque no lo hayan solicitado y rebajando los criterios que deben cumplir. En el caso de Andalucía, las poblaciones afectadas son Almería, Jerez de la Frontera (Cádiz) y Marbella (Málaga), que se sumarían a las cuatro que se declararon por imposición del anterior Real Decreto Ley 20/2012, también recurrido por la Junta: Sevilla, Córdoba, Málaga y Granada.
Los preceptos que se recurrirán modifican diversos preceptos de la Ley 1/2004 de Horarios Comerciales para introducir un alto grado de concreción en su regulación. Según el Consejo de Gobierno, este nivel de detalle, que sólo se justifica en el caso de competencias estatales exclusivas y directas, supone una extralimitación que deja sin margen a la comunidad para determinar el régimen de apertura de los establecimientos comerciales.
El Gobierno andaluz subraya que el real decreto va más allá de la habilitación que la vigente normativa básica ofrece a las comunidades para declarar la libertad horaria, como ha hecho Madrid en ejercicio de sus competencias, sino que directamente impone una política comercial que impide el desarrollo de las atribuciones autonómicas.
Además de la invasión de competencias, la Junta también advierte de la posible vulneración del artículo 86.1 de la Constitución Española por el uso abusivo, arbitrario e inadecuado del instrumento del Real Decreto Ley, para el que la Carta Magna exige la concurrencia de “extraordinaria y urgente necesidad” y de una conexión justificada entre la situación de urgencia y las medidas concretas que se adoptan.
A juicio del Gobierno andaluz, la norma que recurrirá no cumple estos requisitos constitucionales. Por un lado, la coyuntura económica que invoca carece por completo de la nota de imprevisibilidad que justificaría la urgencia, pues responde a una situación de crisis internacional que dura ya más de seis años. Por el otro, la liberalización no produce un incremento del consumo ni de la actividad económica general, que justificaría el carácter extraordinario y urgente de las medidas impuestas.
Ruptura de la competencia
En su acuerdo de autorización del recurso, el Consejo de Gobierno recuerda que en Andalucía ya existe libertad total de horarios comerciales en los supuestos que la Administración autonómica ha establecido en ejercicio de sus competencias: los locales de menos de 300 metros cuadrados; las tiendas de conveniencia; los comercios especializados (fundamentalmente dedicados a venta de pastelería, repostería, pan, platos preparados, prensa, combustibles, flores y plantas), y los establecimientos de estaciones, aeropuertos y de los municipios andaluces declarados Zonas de Gran Afluencia Turística a efectos de horarios. La Junta considera que tanto estos supuestos como su regulación de detalle no pueden ser alterados por una norma estatal de ordenación económica general.
El recurso autorizado hoy se suma al ya interpuesto y aceptado a trámite por el TC, por los mismos motivos de inconstitucionalidad, contra otra norma similar de regulación estatal de horarios y rebajas comerciales: el Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
La Junta considera que tanto en esta norma como en la que ahora se recurrirá perjudican al comercio minorista, que no puede hacer frente a la capacidad de las grandes superficies para mantener estrategias basadas en los tiempos de apertura o la reducción de precios. Según el Gobierno andaluz, las medidas que introducen ambos reales decretos rompen el equilibrio de competencia del actual modelo comercial y no garantizan la convivencia de una pluralidad de formatos, como ocurría hasta ahora.
El sector comercial representa el 11% del Producto Interior Bruto regional, aglutina a casi 165.000 establecimientos (pymes en un 94%) y ocupa a 480.000 personas, con una fuerte presencia del autoempleo y del empleo femenino.